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 Volver a Modelos AEAT 4 min de lectura · Equipo Contavle · Publicado junio de 2026

Modelos 111 y 190: las retenciones de IRPF, paso a paso.

Modelo 111 y modelo 190: qué son, quién los presenta y cómo se rellenan las retenciones de IRPF de nóminas y facturas de profesionales.

Respuesta rápida

¿Qué son los modelos 111 y 190?

el modelo 111 es la declaración trimestral con la que ingresas en Hacienda las retenciones de IRPF que has practicado a trabajadores (nóminas) y a profesionales (facturas con retención). El modelo 190 es su resumen anual: recoge todo lo declarado en los cuatro 111 del año, persona a persona. El 111 se presenta del 1 al 20 de abril, julio, octubre y enero; el 190, del 1 al 31 de enero.

¿Cuándo tienes que presentar el 111?

Siempre que retengas IRPF: si tienes empleados, si recibes facturas de profesionales con retención (asesoría, diseñador, abogado…) o si pagas ciertos rendimientos sujetos a retención. Si un trimestre no has retenido nada, no hay obligación por ese periodo.

Retenciones más habituales

Concepto Retención habitual
Profesionales (régimen general) 15 %
Nuevos autónomos (primeros 3 años) 7 %
Nóminas de trabajadores Según tablas de IRPF

Ojo: el alquiler de local no va en el 111, sino en el modelo 115 (y su resumen anual, el 180).

Cómo se rellena, en esencia

  1. Suma las bases (importes sobre los que se retiene) por tipo de perceptor.
  2. Suma las retenciones practicadas.
  3. El resultado es lo que ingresas en Hacienda ese trimestre.
  4. En enero, el 190 detalla cada perceptor con su NIF, sus bases y sus retenciones del año.

El error más típico

Emitir o recibir facturas con retención y olvidarse de declararla. Si tu asesoría te factura con un 15 % de retención, ese importe lo tienes que ingresar tú en el 111.

Cómo lo automatiza Contavle

Cada factura de profesional o nómina con retención alimenta tu 111 automáticamente. Al cierre del trimestre tienes el modelo con las casillas ya calculadas, y en enero el 190 sale solo a partir de todo el año.

Preguntas frecuentes

¿Modelo 111 y 190 son lo mismo?

No. El 111 es trimestral y se paga; el 190 es el resumen anual informativo de esas mismas retenciones.

Soy autónomo sin empleados, ¿presento el 111?

Solo si pagas rendimientos con retención (por ejemplo, la factura de otro profesional). Si no retienes a nadie, no.

¿Qué pasa si me paso el plazo?

Puede haber recargo y, si Hacienda reclama antes, sanción. Mejor presentar cuanto antes aunque sea fuera de plazo.

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