¿Existe algún "software homologado por la AEAT"?
No. Y este es probablemente el mayor malentendido del mercado ahora mismo. La AEAT publica los requisitos técnicos que debe cumplir un sistema informático de facturación (SIF) y mantiene documentación y entornos de prueba, pero no emite certificados ni acredita productos uno a uno.
El mecanismo legal es otro: la declaración responsable. El fabricante declara, bajo su responsabilidad, que su producto cumple el reglamento, y esa declaración debe constar de forma visible. Si un proveedor te vende un “certificado oficial de Hacienda”, o está usando lenguaje comercial impreciso o directamente no sabe de qué habla.
Traducido a tu día a día: la responsabilidad de usar un sistema conforme es tuya, aunque el software lo haya hecho otro. Por eso conviene comprobarlo en serio.
Los 7 puntos que debes verificar
| # | Qué comprobar | Pregunta concreta al proveedor |
|---|---|---|
| 1 | Registro de facturación | ¿Generas un registro por cada factura, en el momento de expedirla? |
| 2 | Huella encadenada | ¿Cada registro incluye el hash del anterior? |
| 3 | Código QR | ¿Sale en todas las facturas, completas y simplificadas? |
| 4 | Inalterabilidad | ¿Se puede borrar o editar una factura ya emitida? (la respuesta correcta es no) |
| 5 | Registro de eventos | ¿Se registran los sucesos del sistema (arranques, incidencias, exportaciones)? |
| 6 | Conservación | ¿Puedo exportar y conservar los registros en formato legible? |
| 7 | Modalidad | ¿Ofrecéis remisión a la AEAT, sin remisión, o ambas? |
Si en el punto 4 la respuesta es “sí, se puede borrar”, ahí termina la conversación: ese programa no cumple. La corrección de errores en Verifactu no pasa por eliminar, pasa por emitir una rectificativa o una factura de sustitución, dejando rastro de todo.
Señales de que un programa va tarde
- Habla de “certificado AEAT” o de “homologación oficial” en vez de declaración responsable.
- No sabe decirte si trabaja en modalidad con remisión, sin remisión o las dos.
- Sigue permitiendo eliminar facturas emitidas “por comodidad del usuario”.
- Su documentación técnica no menciona la huella encadenada ni el registro de eventos.
- No te da una fecha concreta de adaptación cuando la obligación del fabricante venció en julio de 2025.
¿Y si uso Excel o un programa hecho a medida?
Es la pregunta incómoda. Una hoja de cálculo no puede cumplir Verifactu: no genera registros encadenados, no impide la edición retroactiva y no produce QR válido. Si facturas con Excel, el cambio no es opcional, solo es cuestión de cuándo.
Con desarrollos a medida la respuesta es “depende, pero el listón es alto”: tu desarrollador tendría que asumir la declaración responsable y mantener el sistema al día con cada cambio normativo. Para la mayoría de negocios sale más a cuenta usar un software que ya lo tenga resuelto.
Preguntas frecuentes
¿Dónde consulto si un programa concreto cumple?
Pídele al fabricante su declaración responsable. No hay una lista oficial de productos aprobados que puedas consultar.
¿Me pueden multar a mí si el software no cumple?
Sí. El artículo 201 bis LGT sanciona la tenencia de sistemas que no cumplan con hasta 50.000 € por ejercicio, con independencia de quién lo programó.
Mi proveedor dice que se adapta "cuando sea obligatorio en 2027". ¿Es válido?
No como excusa: la obligación del fabricante venció el 29 de julio de 2025. Que tú tengas plazo hasta 2027 no le da plazo a él.
¿Tengo que hacer algún trámite yo con la AEAT?
No. No hay que registrarse ni pedir permiso. La obligación es usar un sistema conforme llegada tu fecha.