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 Volver a Guías de Facturación 9 min de lectura · Equipo Contavle · Actualizado mayo 2026

Una factura sin estos 11 campos no es factura.

El Reglamento de Facturación (Real Decreto 1619/2012) marca exactamente qué tiene que llevar una factura para ser válida. Te lo contamos sin jerga, con ejemplo real y los errores que más se ven.

Respuesta rápida

¿Qué debe llevar una factura legal en España?

Una factura legal en España debe contener 11 campos obligatorios: número y serie, fecha de expedición y de la operación, datos completos del emisor (nombre, NIF, domicilio), datos completos del destinatario, descripción detallada, base imponible, tipo de IVA y cuota desglosados, e importe total. La falta de cualquiera invalida la factura.

Una factura mal hecha es una factura no deducible. Tu cliente no puede recuperar el IVA, tú puedes tener problemas en una inspección, y la rectificación es más cara que hacerla bien la primera vez.

Hay 11 campos obligatorios según el Reglamento de Facturación. Faltar uno solo invalida la factura.

Los 11 campos obligatorios de una factura

  • 1. Número y serie. Numeración correlativa, sin saltos. Puedes usar series distintas (ej. "A/2026/0001", "EXP/2026/0001") pero dentro de cada serie no puede haber huecos.
  • 2. Fecha de expedición. La fecha en que emites la factura. No tiene por qué coincidir con la fecha de la operación.
  • 3. Fecha de la operación. Solo si es distinta a la de expedición (por ejemplo, cuando facturas en enero un servicio prestado en diciembre).
  • 4. Nombre completo o razón social del emisor. Con tu nombre tal cual aparece en tu alta en la AEAT.
  • 5. NIF del emisor. Tu DNI/NIE/CIF.
  • 6. Domicilio fiscal del emisor. Dirección completa.
  • 7. Nombre o razón social del destinatario. Si es persona física consumidora final, no es obligatorio en facturas simplificadas hasta 400 €.
  • 8. NIF del destinatario. Mismo criterio.
  • 9. Descripción de la operación. Qué has vendido o qué servicio has prestado. Sin esto, la factura es nula.
  • 10. Base imponible, tipo de IVA aplicado y cuota. Desglosados. Si aplicas varios tipos, cada uno por separado.
  • 11. Importe total. La suma de base + IVA. Si aplica retención IRPF, también se desglosa.
Recuerda

Si emites factura a un cliente fuera de España (Unión Europea o terceros países), hay campos adicionales obligatorios: NIF-IVA intracomunitario, mención al régimen aplicable, etc. Aquí cubrimos la factura nacional estándar.

Ejemplo de factura completa

Ejemplo: factura tipo

FACTURA Nº A/2026/0042
Fecha de expedición: 15/05/2026

EMISOR
Marta López García
NIF: 12345678X
C/ Ejemplo 1, 28001 Madrid

DESTINATARIO
Acme S.L.
NIF: B12345678
C/ Cliente 5, 08001 Barcelona

DESCRIPCIÓN
Consultoría estratégica · Mayo 2026 · 20h

Base imponible: 2.000,00 €
IVA (21%): 420,00 €
Retención IRPF (15%): -300,00 €

TOTAL A PAGAR: 2.120,00 €

Forma de pago: transferencia · IBAN ES12 1234 5678 9012 3456 7890

Fíjate que: el IVA suma al total, la retención IRPF se descuenta. Es la base de muchas confusiones de autónomos cuando empiezan.

Factura simplificada vs completa

Existen dos tipos de factura: completa (la "factura normal") y simplificada (el conocido "ticket"). La diferencia:

AspectoFactura completaFactura simplificada
Importe máximo Sin límite Hasta 400 € IVA incl.
Datos del cliente Obligatorios No obligatorios (excepto si es para deducción)
Descripción operación Detallada Puede ser breve
Numeración Correlativa Correlativa pero serie propia
Permite deducir IVA Sí siempre Solo si lleva NIF cliente
Casos típicos B2B, servicios profesionales Comercio minorista, restauración

Para servicios profesionales y B2B, lo normal es siempre factura completa. La simplificada se reserva para venta minorista y operaciones por debajo de 400 €.

Errores típicos que Hacienda puede rechazar

  • Saltos en la numeración. Si vas A/2026/0001, A/2026/0002, A/2026/0005... Hacienda asume facturas "perdidas". Cualquier hueco hay que justificarlo.
  • Descripción genérica. "Servicios prestados" no vale. Hay que decir qué servicios, cuándo, a qué se refieren.
  • NIF mal copiado. Un dígito mal en el NIF y la factura puede ser inválida para deducir el IVA del cliente. Verifica siempre con el censo VIES si es intracomunitaria.
  • Falta la fecha de la operación cuando es distinta. Si facturas en marzo un trabajo de febrero, la fecha de la operación es obligatoria.
  • Aplicar IVA del 0% sin justificar. Las operaciones al 0% (exportaciones, intracomunitarias) deben mencionar el motivo de la no sujeción o exención. Sin esa mención, la factura es defectuosa.

Qué cambia con Verifactu

Con la entrada en vigor de Verifactu (sociedades desde el 1 enero 2026, autónomos desde el 1 julio 2026), se añaden algunos elementos:

  • Código QR Verifactu. Obligatorio en todas las facturas (completas y simplificadas).
  • Huella o hash de la factura. Generada por el software, encadena cada factura con la anterior.
  • Identificador único. Si está en modalidad verificable, el ID es el que asigna la AEAT al recibirla.

El resto de campos obligatorios siguen siendo los mismos. Lo que cambia es la trazabilidad técnica de la factura, no su contenido visible.

Preguntas frecuentes

¿Puedo emitir una factura sin IVA si soy nuevo autónomo?

No por el hecho de ser nuevo. Si tu actividad está sujeta a IVA (la mayoría lo están), debes repercutirlo en todas tus facturas desde la primera.

La excepción es si estás en algún régimen especial (recargo de equivalencia como minorista, exenciones por actividad sanitaria, educativa) o si emites operaciones intracomunitarias o exportaciones al 0%.

¿Es legal emitir facturas en idioma distinto al español?

Sí, las facturas pueden emitirse en cualquier idioma. Sin embargo, si Hacienda te lo pide, debes proporcionar traducción al español.

Para facturas a clientes españoles lo habitual es emitir en español. Para clientes internacionales, en su idioma o en inglés es perfectamente válido.

¿Cuántos años tengo que guardar las facturas?

Como mínimo 4 años (el plazo de prescripción de Hacienda), pero la recomendación es guardarlas 6 años: el Código de Comercio obliga a empresarios a conservar libros y documentación durante 6 años.

Si tienes activos amortizables (vehículos, locales), durante toda su vida útil más 4 años después.

Si me equivoco en una factura, ¿la borro y emito otra?

No, nunca borres una factura. Una vez emitida, la factura existe en tu numeración correlativa y no puede desaparecer.

Si te equivocas, debes emitir una factura rectificativa que la anule o corrija. La factura original se mantiene en tus libros como factura emitida y la rectificativa la neutraliza.

¿La factura tiene que ir firmada?

No, la firma manuscrita no es obligatoria en una factura tradicional.

Lo que sí es obligatorio (con Verifactu) es la firma electrónica que genera tu software al emitir la factura, pero es transparente para el usuario: no firmas tú, firma el software.

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